En Grupo IDV puede solicitar el Servicio de Cita Previa a través de la página web (Solicitar Cita previa) o a través del número de teléfono de cada una de las estaciones de itv (Nuestras ITVs). Disponemos de un amplio horario y acceso a líneas de inspección especializadas para facilitar este servicio.
Las ITV seguimos los criterios técnicos de inspección descritos en el Manual de procedimiento de inspección de las estaciones ITV elaborado por el MINETUR, este manual está disponible en la estación para consulta de los titulares de los vehículos.
Los vehículos que hayan superado de forma favorable la ITV deberán llevar obligatoriamente y en la parte superior derecha, el distintivo o pegatina en la que se señala la fecha en que deben pasar la próxima inspección.
Si el resultado de la I.T.V. fuera desfavorable, el titular tendrá un plazo inferior a dos meses para arreglar los defectos señalados, el vehículo no podrá circular por las vías públicas, excepto para su traslado al taller y vuelta a la estación de I.T.V. para nueva inspección.
La primera inspección es a los tres años desde la fecha de su matriculación y a partir de ese momento, cada dos años.
Sí, si la ITV está en vigor en el momento en que se realiza el cambio.
Vídeos Tutoriales IDV - ITV Services (para ver el tutorial clique en el título del video)
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► Juan Antonio nos pregunta: En la ficha técnica de mi vehículo los neumaticos son 195 65 r14 88V y no existe con la letra V ¿puedo cambiarlos por la 89H?. Mi cohe es un Mitsubishi galant 2.0 del año 1999 136cv
Respuesta: Una opción para que su vehículo pueda montar neumáticos con código de velocidad inferior al indicado en su homologación, sería que fueran neumáticos de invierno (con marcaje M+S). En tal caso legalmente, su vehículo tendría que llevar una etiqueta en el salpicadero indicando la velocidad máxima soportada por los neumáticos (código H: 210km/h, código T: 190km/h).
► Juanjo nos pregunta: Llevo en la ficha tecnica 4 neumaticos 225/60 R 15 96W. Se podrían montar 225/60 R15 96 V y pasar la ITV ? Se trata de un BMW 530D del 98.
Respuesta: Con la información que nos suministra, no debería montar esos neumáticos, ya que tienen un código de velocidad V, que es inferior al W que figura en el neumático que nos indica y por lo tanto no cumplen todos los criterios que el Manual de Itv establece para que sean equivalentes.
No obstante hemos podido comprobar en la homologación del vehículo, BMW 530D Tipo: 5D, Variante: DP71 que también tiene como neumáticos opcionales los neumáticos 225/55R16 95V. Los neumáticos 225/60 R15 96 V que Ud. indica que quiere montar, si que son equivalentes a estos. La reglamentación española le permite montar cualquier neumático que sea equivalente a los indicados en la homologación.
Compruebe en la tarjeta de Inspección Técnica de su vehículo los datos de homologación que le hemos indicado antes (tipo y variante) y si son los mismos, es perfectamente legal montar los neumáticos 225/60R15 96V.